La Sociabilidad masónica como sociabilidad parlamentaria, por Javier Otaola
- Diccionario subjetivo

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La genialidad de la franc-masonería deriva de la propuesta fundacional de promover las relaciones humanas como una religación interpersonal de carácter ético, definida en el artículo 1 de las Constituciones de los francmasones de 1723 rápidamente difundida —y mejorada en el XIX por la inclusión realizada por el Gran Oriente de Francia que lo introdujo en su ideario con el concepto de laïcité. [1]
La sociabilidad masónica, no es sólo una fórmula para la relación "en Logia" sino que es un entendimiento inclusivo de las relaciones humanas en general, que era completamente novedoso en el siglo XVIII, relaciones humanas siempre problemáticas. Desde antiguo, lo habitual, lo que ha prevalecido en todas las sociedades ha sido el gusto por la unanimidad total, o sea el rechazo, el temor, el odio y la persecución ante la discrepancia, la herejía y la diferencia; pareciera que la palabra misma del «nosotros» sugiere la negación de los otros: nosotros somos no-otros.
La sociabilidad masónica desde 1723 tiene una fórmula de entendimiento afín con la idea misma de la democracia parlamentaria que nunca he visto escrita pero que me atrevo a formular así: «cuando en una situación de confrontación el plano de comprensión en el que se plantea el conflicto hace imposible el entendimiento cabe superar la situación y avanzar, ordenando una aceptación de ciertos desacuerdos cuando estos se producen dentro de una concordia constituyente que nos permite apalabrar las discrepancias y los conflictos —inevitables de una sociedad libre— de una manera no destructiva». A eso le llaman las Constituciones de 1723: La logia como Centro de la Unión.

La Logia propicia el encuentro y la conversación, en un espacio de relación que se coloca más allá de nuestras respectivas doctrinas [verdades, ideologías o creencias], convoca a varones y mujeres que están dispuestos a compartir una fraternidad filosófica con su viático de gozos y decepciones, en un Centro de la Unión, en torno a un marco ético [religación] que compartimos como valores de referencia, dejando para cada uno sus particulares opiniones ideológicas o religiosas, con el objeto de establecer una constructiva concordia en todo aquello que garantice nuestra convivencia, y que nos permita el desacuerdo en el ámbito de nuestras opciones vitales, esas que tomamos a nuestro riesgo y ventura.
La relación fraternal con hermanos y hermanas diversos y contradictorios en sus formas de ver y entender el mundo, nos permite crear un espacio de unidad entre diferentes, que a pesar de nuestras disparidades y conflictos nos ayuda a reconocernos en aquello que nos une más profundamente y de modo más radical: nuestra común humanidad.
La Logia masónica se constituye en una sociabilidad transversal, concordante en aquello que nos garantiza la paz y nos permite discrepar, pero discrepar es normalmente un desacuerdo indoloro relativamente manejable, lo más difícil es asumir incluso una concordia discordante. La palabra discordia proviene del latín, formada por el prefijo dis- (separación, oposición) y cor, cordis (corazón). Etimológicamente, significa "corazones separados" o "desacuerdo de corazones", refiriéndose a una falta de armonía o unión entre personas, a menudo expresada como contienda.
La sociabilidad masónica es una vivencia personal que anticipa el fenómeno del parlamentarismo constitucional que nos garantiza la libertad de "discrepar" ideológicamente y también "mantener corazones separados" o sea, discordia en asuntos que implican la irritación de la confrontación pero que dentro de los límites constitucionales y en aras de la más amplia libertad caben en el discurso público democrático y liberal.
La aceptación con deportividad liberal, de la confrontación, no es fácil y sigue siendo minoritaria en el Mundo incluso hoy, pero en 1723 las Constituciones de la masonería fueron una iniciativa radicalmente revolucionaria porque rompía no sólo las rígidas barreras estamentales de la nobleza, la milicia y la marina, el clero, la burguesía y los gremios de los oficios y el artesanado, sino que también ponía re-mediación a los odios teológicos provocados por las diferencias religiosas y políticas que habían ensangrentado a la Gran Bretaña con las Guerras de los Tres Reinos que fueron una serie de guerras civiles y políticas interconectados que devastaron Inglaterra, Escocia e Irlanda entre 1639 y 1653. El continente europeo estuvo en guerra durante 120 años, con las llamadas Guerras de Religión, desde 1524 hasta aproximadamente 1697.
La Concordia no hay que confundirla con la unanimidad, como dice el filósofo Julián Marías: «La diversidad de lo humano, la índole conflictiva de la vida, tanto la privada como la colectiva, excluye la homogeneidad, la unanimidad, que siempre es impuesta, precisamente a costa de la verdad, de su desconocimiento o falsificación. El desacuerdo es muchas veces inevitable. Pero no se puede confundirlo con la discordia». (Julián Marías[2]).
Para Julián Marías las cosas sólo pueden coexistir, pero los seres humanos estamos llamados a convivir: «convivir es vivir juntos, y se refiere a las personas como tales. Es decir, con sus diferencias, con sus discrepancias, con sus conflictos, con sus luchas dentro de la convivencia, de esa operación que consiste en vivir juntos». Eso mismo presupone el ritual masónico, la amistad fraternal es posible dentro de unos linderos éticos compartidos: Bondad, Probidad, Honor, Lealtad—Libertad, Igualdad y Fraternidad.
La sociabilidad masónica puede definirse paradógicamente como una Concordia discordante, abierta a la constructiva pluralidad de lo humano, del mismo modo que lo es la sociabilidad Constitucional o Parlamentaria...una sociabilidad a menudo disputada y a veces agria, pero siempre en un marco de referencia que puede salvaguardar, nuestra Paz y nuestra Libertad.

La democracia parlamentaria y el constitucionalismo no pretenden una concordia total, sino más modestamente una discordante concordia, lo que nos permite libertad para vivir y paz para convivir. La democracia liberal es dialéctica y anti-intuitiva, fruto de largas luchas que nos han permitido institucionalizar una disputada convivencia política basada en nuestra común humanidad. La democracia parlamentaria permite a cada uno vivir según sus propias convicciones, en un marco de convivencia que incluye espacios de discusión y controversia, amparados por unos linderos reforzados de concordia constituyente. La democracia exige la determinación de unos valores —pocos, pero seguros— que se establecen como axiales de la sociabilidad democrática. A partir del marco que definen esos valores, se da un amplio margen de acción y discusión en el que caben diversas y controvertidas aproximaciones de sentido. Una sociedad en la que no cabe un margen amplio de discordancia no puede llamarse libre. La concordia total no puede ser sino una concordia impostada, arbitraria y tiránica.
A partir del entendimiento cabal de la sociabilidad masónica se pueden entender mejor los conceptos de laicidad y de secularidad
La secularidad hace referencia al Siglo en el que vivimos, y no a la Eternidad sagrada. El Siglo, lo secular se refiere al Tiempo profano y se define como la independencia de los asuntos públicos, civiles y mundanos respecto de las instituciones o doctrinas religiosas. No implica necesariamente un rechazo u oposición a la religión, sino la separación de esferas para garantizar la autonomía del orden civil.
Para entender a fondo la secularidad, es útil diferenciarla de otros términos relacionados con los que suele confundirse habitualmente. La laicidad se puede equiparar al secularismo como corriente ideológica o postura política que defiende, promueve y busca aplicar de manera activa esta separación en todos los aspectos de la vida pública y del Estado. La laicidad o el secularismo reclaman la neutralidad del Estado frente a cualquier confesión religiosa, asegurando que las leyes, la educación pública y la justicia del Estado se basen en principios racionales y compartidos por toda la ciudadanía, sin privilegios para ninguna fe particular.

La secularidad es además un hecho sociológico que se asume con naturalidad en las actividades cotidianas (la ciencia, la economía, el arte y la legislación) independizadas de la tutela de las iglesias. La laicidad es una formalización constitucional de ese hecho sociológico. Es además un concepto constitucional de la tradición política francesa —Laïcité— que se basa en la división entre la vida privada, donde los ciudadanos individuales se adhieren o pertenecen a una religión, y por otro lado la esfera pública, en la que cada persona comparece como un ciudadano simple que es igual a todos los demás ciudadanos, desprovisto de particularidades étnicas, religiosas o de otro tipo.
Según este concepto, un gobierno laico debe abstenerse de tomar posiciones sobre cualquier doctrina religiosa y considerar los temas religiosos solo por sus consecuencias prácticas en la vida de los habitantes. Cada propuesta legislativa que se postula como norma vinculante para todos, tiene que mostrar su razonabilidad política también con argumentos inteligibles para todos. No es respetuoso con la laicidad que el poder secular apele a inspiraciones sobrehumanas, a tradiciones intangibles o revelaciones del Cielo. La ley civil precisa acreditar su fundamento y su capacidad felicitaria ante la mayoría, con razones y argumentos inteligibles para todos.
Al asumir como irrenunciable el derecho a vivir como adultos, bajo la regla de la libertad de conciencia, rehusamos vivir reducidos a una minoría de edad perpetua, sometidos a tutelas sectarias ya sean clericales o ideocráticas. En una sociedad libre, todos somos próximos, (prójimos), es decir vecinos, y por lo tanto interesados en convivir pacíficamente, obligados a parlamentar constantemente con razones y argumentos inteligibles para todos.
[1] El Gran Oriente de Francia (GODF) impulsó el concepto moderno de laicidad (laïcité) en el Manifiesto de 1875 del Convento de Lausana. El principio se consolidó en la legislación de la República Francesa durante los años 1880 y la histórica Ley de 1905 de Separación de la Iglesia y el Estado
[2] Julián Marías Aguilera v. 91 años + (Valladolid, 17 de junio de 1914-Madrid, 15 de diciembre de 2005) filósofo y ensayista español. Doctor en Filosofía por la Universidad de Madrid, fue uno de los discípulos más próximos de José Ortega y Gasset, su maestro, con quien fundó en 1948 el Instituto de Humanidades en Madrid. En 1996 se le concedió el Premio Príncipe de Asturias de Comunicación y Humanidades, compartido con Indro Montanelli. Su actividad como conferenciante le permitió cumplir con su enorme vocación de magisterio. Tuve el privilegio de escucharle en Bilbao en una de sus magníficas conferencias. Me interesó siempre su obra, pero en especial su Tratado sobre la convivencia. Concordia sin acuerdo. Barcelona: Martínez Roca. 2000, que articula con precisión filosófica lo que yo había conocido en la Logia como la concordia discrepante o Centro de la Unión. Siempre consideró que la Guerra Civil fue una catástrofe, que habría debido ser evitada. Discrepando de los dos bandos colaboró en Madrid con Julián Besteiro y el Comité Nacional de Defensa de Madrid (marzo de 1939) en sus esfuerzos por acabar la contienda, y escribió artículos sin firma en el ABC (Madrid) republicano apoyando los planes de Besteiro. A su término, denunciado por un antiguo compañero, pasó detenido unos meses, y fue puesto en libertad, forzado a encontrar su camino en la nueva situación. En 1950, salió en defensa del pensamiento de Ortega, sometido a tergiversaciones por representantes de la corriente más integrista del nacional-catolicismo, con un libro no autorizado en España y editado en Argentina, Ortega y tres antípodas (1950), donde demuestra la manipulación a que esos autores habían sometido los textos orteguianos. Desaparecido Ortega y cuestionado desde la derecha y la izquierda, Marías inició un proyecto de presentación sistemática de los hallazgos filosóficos de su maestro, mediante un Comentario a las Meditaciones del Quijote (1957) y una monumental biografía (Ortega. I. Circunstancia y vocación, 1960; Ortega. Las trayectorias, 1983). Ofreció una visión de su concepción de España en España inteligible (1985), y en obras como Cervantes, clave española (1990) o Ser español (2000). Fue uno de los intelectuales marginados por la dictadura franquista, vetado en la Universidad, con la aprobación de nuestra feliz Constitución fue reconocido y nombrado catedrático universitario en atención a sus méritos al igual que Cela, Castilla del Pino...




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